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La Comunidad de Madrid abre el plazo para solicitar las ayudas de natalidad a madres menores de 30 años 

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ayudas a la natalidad de tres cantos
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  • Las ayudas de natalidad alcanzan hasta 14.500 euros a través de un abono de 500 mensuales desde la semana 21 de gestación y hasta que el niño cumpla dos años 

  • La prestación, que se extiende a los menores adoptados y a los  niños nacidos desde este 1 de enero, se incrementa en la misma  cuantía por cada hijo adicional  

Comunidad de Madrid La Comunidad de Madrid abre hoy, primer día del año, el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas de natalidad para mujeres  gestantes, madres y personas adoptantes menores de 30 años. Que pueden  alcanzar un total de 14.500 euros por niño. Este 1 de enero marca así el  comienzo de la tramitación de esta nueva ayuda. Una de las grandes apuestas del Gobierno regional para impulsar la natalidad y evitar que la falta de recursos económicos obstaculice la formación de un proyecto familiar en la región. 

El apartado de la web regional Ayudas económicas a la natalidad, que recoge  toda la información sobre estas subvenciones, incluye desde hoy el enlace para  acceder a los formularios que los solicitantes deberán presentar junto con la  documentación requerida. Una vez completada, podrán optar por tramitarla de  manera telemática o presencial. 

En el primero de los casos, deberán disponer de un certificado electrónico reconocido por la Comunidad de Madrid (puede consultarlos en este enlace). Para presentar la instancia on line en el Registro Telemático regional. Si optan por la modalidad presencial, pueden realizar esta gestión en cualquier Oficina de  Registro regional. Y a través de los ayuntamientos adheridos a la Ventanilla Única (puede consultar el listado y funcionamiento de estos puntos en este  enlace). Así como en las oficinas del Registro de la Administración General del  Estado o por correo certificado.  

Se estima que el plazo de tramitación y resolución de la solicitud será de tres  meses. Una vez aprobada la misma, se reconocerá el derecho a la prestación  desde el mes en el que fue presentada y los pagos se realizarán mensualmente  a través de una transferencia

Compatible con ayudas de otras administraciones

La ayuda económica a la natalidad de la Comunidad de Madrid consiste en un  abono mensual de 500 euros desde el quinto mes de embarazo hasta que el  niño cumpla dos años.  

Así, podrán optar a estas subvenciones las mujeres que, a 1 de enero, estén en la semana 21 de gestación o siguientes. Así como las madres que hayan tenido un hijo o las personas que hayan adoptado a un menor a partir de esta fecha. La cantidad se incrementará en la misma cuantía por cada niño adicional cuando  se trate de gestaciones, nacimientos o adopciones múltiples. 

El pago se prolongará hasta el último día del mes en el que el menor cumpla dos años salvo en el caso de las adopciones. En las que el abono de las 24 mensualidades no tendrá en cuenta la edad del menor. Sino que comenzará con  la inscripción de la adopción en el Registro Civil.  

Las personas que opten no podrán superar los 30 años de edad y deberán  acreditar que han estado empadronadas de forma ininterrumpida. En una o varias localidades de la Comunidad de Madrid, durante al menos los diez años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. También deberán residir en la  región durante el periodo de abono. 

La percepción de estas subvenciones es compatible con el desarrollo de  cualquier actividad laboral remunerada por cuenta propia o ajena. Aunque el beneficiario no podrá superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 en tributación conjunta para toda la unidad familiar.  También es compatible con la percepción de ayudas a la maternidad que  puedan ofrecer otras administraciones.

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