El PSOE de Algete lleva al pleno la creación de la figura del Defensor del Mayor

El defensor del mayor cumpliría la función de velar por los derechos e intereses de las personas mayores del municipio

Esta moción se planteará por parte del PSOE en el próximo pleno del 30 de noviembre

El Partido Socialista de Algete ha preparado una propuesta en forma de moción para que en el Pleno del próximo día 30 de noviembre se pueda acordar la creación de la figura del Defensor del Mayor en el municipio.

La figura del Defensor del Mayor en una ciudad o municipio es un rol encargado de velar por los derechos e intereses de las personas mayores del entorno.

Competencias del Defensor del Mayor municipal

Sus competencias pueden variar según la legislación local y las políticas concretas, pero generalmente incluyen:

  • Protección de derechos
  • Atención a denuncias y quejas
  • Asesoramiento y orientación
  • Promoción de políticas públicas
  • Colaboración con instituciones
  • Desarrollo de programas educativos y de sensibilización sobre los derechos y necesidades de las personas mayores

Para Estrella Pereda, Portavoz adjunta "en Algete la puesta en marcha de una figura de referencia altruista en este sentido sería realmente interesante para una gran comunidad que cada vez más demanda nuestra atención en cuestión de apoyo y asesoramiento para diferentes gestiones".

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estrella pereda, concejal del psoe de algete

Pereda añade que "En concreto vamos a solicitar en Pleno la creación de la FIgura del Defensor del Mayor estableciendo su naturaleza y funciones y la puesta en marcha de un método y proceso de selección con criterios objetivos para la elección correspondiente".

Las personas mayores tienen inquietudes en los ámbitos más diversos y requieren la actuación del Defensor del Pueblo respecto de la práctica totalidad de campos de actuación de las Administraciones públicas. En algunos de estos campos se aprecia una mayor concentración de quejas, como es el caso de los vinculados a la salud, pensiones, la regulación tributaria, la protección a la autonomía personal o a las situaciones de dependencia, el disfrute de los bienes culturales o el acceso, permanencia y régimen de vida en centros de atención a mayores, tanto residenciales como de otro tipo.