El TSJM deja en papel mojado los confinamientos perimetrales de Madrid y Alcobendas

  • El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ha ratificado las restricciones de movilidad y las limitaciones de aforos acordadas por el Consejo Interterritorial de Salud para los confinamientos perimetrales de la ciudad de Madrid y nueve municipios madrileños con más de 100.000 habitantes, entre los que está Alcobendas.

  • Entre las consecuencias está que no se podrán imponer sanciones a los ciudadanos si se saltan las restricciones de movilidad, por lo que ahora queda en manos de los casi cinco millones de madrileños afectados la responsabilidad de cumplir con éstas.

Los jueces de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid consideran que esas medidas "limitativas de derechos fundamentales" no pueden ser ratificadas porque "constituyen una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare, es decir, no autorizada por sus representantes en las Cortes Generales”.

El auto del TSJM señala que no hay base legal para ratificar estas medidas que por otro lado si había apoyado la Fiscalía que había pedido autorizarlas al entender que "las restricciones de entrada y salida en territorios de mayor o menor extensión pueden adoptarse con fundamento en la legislación estatal y autonómica de sanidad y que, además, se ajustaban en este caso a criterios de proporcionalidad y necesidad".