Locales de hostelería de Sanse pueden instalar barras en la calle en Nochevieja
Pueden instalar barras en horario de 11.00 a 20.00 horas los días de Nochebuena y Nochevieja
Por otro lado, el consistorio ha informado que los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, los locales de hostelería podrán abrir dos horas más del horario habitual.
AYUNTAMIENTO DE S. S. DE LOS REYES - El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes ha autorizado que los establecimientos de hostelería puedan disponer de barras en la calle con ocasión de las fiestas navideñas 2023-2024. Concretamente, la autorización está vigente para los días de Nochebuena (domingo 24 de diciembre) y Nochevieja (domingo 31 de diciembre) en horario de 11.00 a 20.00 horas.
Requisitos
Eso sí, los interesados deberán cumplir con requisitos. Se deberá poseer licencia de funcionamiento en vigor y no estar el ejercicio de la actividad suspendida o acordada la clausura. Así mismo, se deberá disponer de licencia de instalación de veladores en vigor, y la instalación de la barra se realizará en la zona autorizada, según los informes y planos realizados por los Técnicos Municipales de Obras Públicas.
La autorización de instalación de barra en la vía pública es única y exclusivamente para el desarrollo de la actividad autorizada por la licencia y en las mismas condiciones fijadas en la misma.
Por otro lado, la ocupación concedida deberá garantizar, en todo caso, el paso peatonal seguro. No se podrá invadir la zona de calzada para el tráfico rodado, ni con elementos ni por el área de espera de personas, salvo caso de determinación de corte de calle.
Ampliación de horario de locales de hostelería en días señalados
Por otro lado, el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes ha autorizado la ampliación de dos horas en el horario de cierre de los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, con ocasión de las fiestas navideñas 2023-2024. Concretamente, la autorización estará vigente para los días de Nochebuena (domingo 24 de diciembre), Nochevieja (domingo 31 de diciembre), y Reyes (viernes 5 de enero).
Para la ampliación del horario de cierre, los locales y establecimientos tendrán que disponer de licencia de funcionamiento en vigor y no estar el ejercicio de la actividad suspendida o acordada la clausura.
La autorización de ampliación de horarios es única y exclusivamente para el desarrollo de la actividad autorizada por la licencia y en las condiciones fijadas en la misma. Por tanto, no se autoriza la celebración de espectáculos o actividades distintos a los amparados por la licencia de funcionamiento.