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Ayudas de hasta 3.000 euros para paneles solares y baterías

Escrito hace

2 años

el

paneles solares Colmenar Viejo

  • Las ayudas de hasta 3.000 euros para la instalación de paneles solares y baterías de almacenamiento de energía están orientadas para particulares, comunidades de vecinos, empresas, autónomos, entidades sin ánimo de lucro y  administraciones públicas 

  • Las actuaciones permitirán reducir el consumo en una  vivienda unifamiliar entre un 50 y un 70% y la factura a la mitad ∙ Se contemplan incentivos adicionales si se llevan a cabo en municipios de menos de 5.000 habitantes 

Comunidad de Madrid La Comunidad de Madrid abre mañana la convocatoria para solicitar la nueva línea de ayudas de hasta 3.000 euros para la instalación de paneles solares, baterías de almacenamiento de energía y  sistemas térmicos renovables. Está dirigida a particulares y comunidades de vecinos. El objetivo es reducir las emisiones en el ámbito residencial, el cual causa el  32% de C02 lanzado a la atmósfera.  

Esta partida presupuestaria, dotada con 87.350.000 euros, está incluida en el  Plan de Descarbonización y Cuidado del Medio Ambiente del Gobierno regional. Los interesados podrán solicitarla a partir de mañana martes hasta el 31 de diciembre de 2023 con la activación de la web www.ayudasrenovablesmadrid.com

Serán subvencionables la instalación de nuevos equipos de generación fotovoltaica y eólica para autoconsumo, con o sin almacenamiento. También la incorporación de sistemas de acumulación en instalaciones ya existentes. O la implantación de solar térmica, biomasa, geotermia, hidrotermia o aerotermia para climatización y agua caliente sanitaria en las viviendas. 

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Las subvenciones beneficiarán también a empresas, autónomos, gestores de  polígonos industriales, proveedores de servicios energéticos, comunidades de energías renovables y ciudadanas de energía. También a personas jurídicas sin actividad  económica, entidades locales, administraciones públicas y organizaciones del  tercer sector.

Cuantía de las ayudas

El coste medio de la instalación de los paneles solares en una vivienda unifamiliar ronda entre los 5.000 y 7.000 euros. Con estos incentivos ese precio se reducirá aproximadamente a la mitad. Además, logrará un ahorro de entre un  50 y un 70% en el consumo eléctrico de una vivienda unifamiliar. 

La cuantía de las ayudas -procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea- estará determinada en función de la potencia  instalada, las características técnicas de cada instalación y la naturaleza del  beneficiario. En el caso de la implantación de autoconsumo fotovoltaico, los incentivos alcanzan los 600 €/kWp, para actuaciones en el sector residencial. Y  los 1.000 €/kWp para administraciones públicas y tercer sector. La incorporación  de sistemas de almacenamiento en instalaciones existentes está subvencionada  con ayudas de hasta 490 €/kWp. 

En el caso de los servicios y otros sectores productivos, los programas  establecen ayudas en base a un porcentaje sobre el coste total subvencionable,  que dependerá de la potencia de la instalación. 

En cuanto a la implantación de renovables térmicas en el sector residencial, las  ayudas varían en función de la tecnología instalada. La realización de  instalaciones de aerotermia está subvencionada con 500 €/kW, hasta un  máximo de 3.000 € por vivienda; la solar térmica recibe ayudas de hasta 900  €/kW (hasta 1.800 €); la implantación de calderas de biomasa recibe hasta 250  €/kW (con un máximo de 3.000 € por vivienda), y las ayudas para instalaciones  geotérmicas pueden alcanzar los 2.250 €/kW (hasta 13.500 €/vivienda). 

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Ayudas adicionales

Además, para todas las líneas de actuación se contempla la concesión de ayudas adicionales a aquellas intervenciones en municipios de menos de 5.000 habitantes. Toda la información sobre estas ayudas, así como la documentación adicional sobre los requisitos y trámites de  solicitud están ya disponibles para su consulta en la página web de la Fundación  de la Energía de la Comunidad de Madrid www.fenercom.com.

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